En España, al igual que en otros países desarrollados, el tabaquismo es la primera causa aislada de mortalidad y morbilidad evitable. La evidencia científica sobre los riesgos que conlleva el consumo de tabaco para la salud de la población es concluyente.
Se estima, según los datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que el consumo de tabaco es responsable del 90 por ciento de la mortalidad por cáncer de pulmón, del 95 por ciento de las muertes por enfermedad pulmonar obstructiva crónica, del 50 por ciento de la mortalidad cardiovascular y del 30 por ciento de las muertes que se producen por cualquier tipo de cáncer. En España fallece cada año como consecuencia del consumo de tabaco un número de personas que representa el 16 por ciento de todas las muertes ocurridas en la población mayor de treinta y cinco años. Asimismo, hay evidencias científicas de que el humo del tabaco en el ambiente (consumo pasivo o involuntario de tabaco) es causa de mortalidad, enfermedad y discapacidad. La Agencia Internacional de Investigación del Cáncer de la OMS ha determinado que la exposición al aire contaminado con humo del tabaco es carcinogénica en los seres humanos.
Hola, hoy toca hablar de leyes pues hace ya unos días que está aprobada la LEY 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. Y que trae de cabeza a tantos españoles.
Si queréis leer el texto completo de la ley pulsar aquí y si no pues ya os cuento yo un poco.
En primer lugar se regula en tres direcciones:
Y tiene muchas prohibiciones y requisitos, os enumero algunas por curiosas o por importantes
Se prohíbe vender o entregar a personas menores de dieciocho años productos del tabaco, así como cualquier otro producto que le imite e induzca a fumar. ¿Qué productos incitan a fumar? ¿Un mechero? no sé, en mi opinión este punto les ha quedado un poco abstracto.
Se prohíbe la venta de dulces, refrigerios, juguetes y otros objetos que tengan forma de productos del tabaco y puedan resultar atractivos para los menores. Como los de chocolate…
Se prohíbe la comercialización, venta y suministro de cigarrillos y cigarritos no provistos de capa natural en unidades sueltas o empaquetamientos de menos de 20 unidades. ¿Es este el fin de las cajitas pequeñas de tabaco? ¿Qué sentido tiene ésto?
Se prohíbe totalmente fumar en centros de trabajo públicos y privados
Más ejemplos: Centros comerciales, incluyendo grandes superficies
y galerías; salas de fiesta o de uso público en general, durante el horario o intervalo temporal en el que se permita la entrada a menores de dieciocho años; estaciones de servicio y similares; etc, etc
Y paro aquí. La verdad es que secundo esta ley, y más aún después de vivir tres meses en Italia, allí fueron mucho más extrictos. Pero eso os lo cuento otro día.
Ciao



Ciao, Bárbara. Yo apoyo que se prohíba fumar y todo eso porque detesto el humo, como ya sabrás, y no me hace mucha gracia tragármelo ya sea en el pasillo de la Facultad, en el bar de siempre o en el típico concierto en el que, además de estar “escachaó” por la cantidad de gente que hay y “asaó” por el calorcete que hace, siempre está el típico gracioso que se enciende el cigarro echándote todo el humo (aparte de acumularse en la sala si está cerrada). Ahora bien, dudo mucho que se vayan a tomar medidas reales contra el tabaco… La gente seguramente pasará… De todos modos, los mecheros quién sabe si los prohibirán: también pueden incitar a la piromanía, ja, ja, ja. Lo de los cigarrillos de chocolate,… yo de pequeño los comía tan tranquilo y ya ves, detesto el tabaco…
Bueno, saludetes.
Ricky.
Comment por Ricky — December 30, 2005 @ 16:29 pm